Los cubanos que eligen España como destino, podrán disfrutar de una estancia de tres meses, período tras el cual pueden solicitar una prórroga para quedarse temporalmente en el país o, en su defecto, optar por tramitar el permiso de residencia. En cualquier caso, la prórroga contempla un permiso de 90 días, por lo que no se podrán exceder los seis meses de estancia sin un permiso de residencia, salvo casos excepcionales. Con el permiso de residencia y transcurrido cierto tiempo, existe otra opción a tener en cuenta: conseguir la nacionalidad española. Siempre puedes contactar con nosotros para recibir asesoramiento legal, colaboramos activamente con el consulado cubano en Barcelona.
Lo más habitual es solicitar la nacionalidad por residencia El casamiento con algún español de origen contempla el otorgamiento de la nacionalidad tras un año de residencia legal. Pero, también, es posible solicitarla por arraigo, tras tres años de residencia en el país. Además, existen otras opciones, serán ciudadanos españoles los hijos de cubanos nacidos en España cuando uno de los padres sea español. Los hijos de padres cubanos nacidos en España obtendrán la nacionalidad por presunción. Los cubanos menores de 18 años que sean adoptados por un español también serán españoles. Cuando el cubano adoptado tenga más de 18 años deberá esperar un período de dos años desde la formalización de la adopción para optar a la nacionalidad española de origen.
Los candidatos a la nacionalidad española deberán pasar ciertos exámenes para demostrar su grado de conocimientos constitucionales, socioculturales y lingüísticos sobre el país. Sin embargo, los cubanos estamos exentos de realizar el examen lingüístico al ser hispanoparlantes de nacimiento. Sabemos que el procedimiento puede resultar complejo, por ello desde Ven a Cuba queremos ayudarle en todo lo necesario.
- 1.- Contratando nuestro procedimiento, podrás preparar tus exámenes a través de nuestra web. Te facilitaremos toda la información necesaria para preparar las pruebas, así como el mapa con todos los Centros Examinadores en la zona de residencia de cada interesado.
- 2.- Visita a nuestras Oficinas para firmar la petición de examen y obtener fecha, hora y Centro Examinador para hacer las pruebas.
- 3.- Una vez aprobado el examen, visita nuestras oficinas para firmar la resolución. Seguiremos telemáticamente tu expediente y, a partir de ese momento, tendrás un seguimiento en tiempo real hasta el otorgamiento de la Nacionalidad Española.