Herencias y Testamentos

Las herencias pueden realizarse con o sin testamento y siempre deben reclamarse antes de los seis meses siguientes al fallecimiento de la persona en cuestión. En el caso de que la herencia sea con testamento es porque el difunto lo había realizado antes de su muerte. En el caso de que la herencia sea sin testamento, hay que seguir una serie de pasos, guiados por un notario.
Tramitamos la Reclamación desde Cuba o desde España de Herencias y Testamentos hechos para beneficiarios cubanos en la isla, los pasos a seguir son:
  1. Apertura y Estudio de Expediente de herencia o testamento para reclamación, Tarifa 60€ en concepto de Gestión VENaCUBA
  2. Si mediante el estudio se ve la posibilidad de proceder y ganar el caso se deberá en ese momento abonar gastos de notario y una vez reclamado y logrado se cobrará del total logrado el 25% neto de beneficios para el profesional/VENaCUBA y el otro 75% al cliente cubano que reclama.No deje de contactar con nuestra notaria para guiarle en el proceso de herencias y testamentos.