Matrimonio entre un español y un extranjero. Requisitos y trámite.
Te explicamos el proceso completo de matrimonio civil entre un ciudadano español y un ciudadano extranjero. Desde la preparación de los documentos, la audiencia reservada, hasta la boda. No te pierdas todos los detalles.
Muchas personas nos preguntan si un ciudadano cubano, viviendo de forma irregular en España, o sea, indocumentado, puede contraer matrimonio con un ciudadano español; por supuesto que sí, el hecho de no tener tarjeta de residencia legal no es impedimento para poder contraer matrimonio, es decir, aquellos en lo que uno de los contrayentes es español o ciudadano de la Unión Europea, y el otro contrayente pertenece a un tercer Estado.
La particularidad en el caso de los matrimonios mixtos (español-extranjero), sean de de ambos o mismo género, radica en la necesidad de tramitar un expediente previo antes de la celebración de la boda. Este trámite es obligatorio y se realiza en el registro civil del lugar judicial de residencia de cada uno de los contrayentes y tiene como objeto determinar si ambos novios tienen capacidad para celebrar el matrimonio y comprobar si el consentimiento matrimonial carece de vicio alguno. Así las cosas, concluido el expediente, el juez autoriza la celebración de la unión y una vez realizado el mismo, ambos se convierten en «casados conforme a la normativa civil española», derivándose desde ese momento una serie de consecuencias jurídicas de distinta índole, entre las que destacan, por su especial importancia, los beneficios derivados de la legislación de extranjería a favor del cónyuge de un ciudadano español y por tanto el derecho a reunirse con este en territorio nacional español (o ciudadano UE con tarjeta comunitaria) en el lugar de residencia de ese ciudadano, que se corrobora a través de la documentación probatoria.

Si fuera un matrimonio civil en las entrevistas se suelen hacer preguntas relativas a la vida en común de la pareja, hábitos, cumpleaños etc., pero si fuera una pareja de hecho no tiene por qué ser siempre así, eso depende de la comunidad autónoma donde se realice el acto, por ejemplo en Catalunya lo hacemos en nuestro despacho y ya de paso se le tramita la residencia al indocumentado para que viva felizmente con su pareja española, sea hombre o mujer.
Cada Registro Civil tiene su manera específica de tramitar el expediente de matrimonio civil según entienda (tal matrimonio puede ser incluso por Poderes, en cuyo caso lo único que se añade es un Empoderamiento, para la firma del acto, y un Exhorto a un Consulado Español en el país requerido, para la citada entrevista), pero como norma general se exigirán determinados documentos por parte del ciudadano extranjero y por parte del ciudadano español (y/o comunitario) que no avanzaremos del todo en nuestra web, pero que puedes consultarnos.

Algunos de los más importantes son:

1. Certificado de nacimiento. Legalizado y traducido en su caso.
2. Certificado de soltería o, el el caso de estar divorciado, certificado de matrimonio con anotación del divorcio o testimonio de la sentencia de divorcio. Legalizado y traducido o no, según sea el contrayente.
3. Pasaporte, NIE o DNI en vigor dependiendo del contrayente.
4. Certificados de residencia de los dos últimos años de ambos contrayentes

Sobre la obtención de los documentos extranjeros es necesario tener en cuenta algunas consideraciones:

Los documentos extranjeros deben estar convenientemente legalizados, bien a través de la legalización normal (sello del órgano emisor del documento, sello del ministerio de asuntos exteriores país extranjero, sello de la embajada de España en el país extranjero o en su defecto sello de la Sección de legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores español). Algunos registros admiten la legalización consular (solo el sello del consulado o embajada de España o el consulado o embajada del país de origen en España).
Recopilada la documentación, los novios deberán dirigirse al Registro Civil de su partido judicial y presentar el expediente. Allí, los contrayentes rellenarán unas declaraciones juradas y hoja declarativa de datos y se les dará trámite al expediente. En ese momento (normalmente) se le asignará cita para la celebración de la audiencia reservada. También le indicarán el día en el que deberán comparecer unos testigos al objeto de hacerles unas sencillas preguntas sobre su relación.
La audiencia reservada es uno de los pasos más importantes del expediente de matrimonio mixto, ya que es el medio principal para que el encargado de Registro Civil pueda determinar la existencia de vicio en el consentimiento. En la audiencia reservada les realizarán a los contrayentes unas preguntas para determinar que realmente son novios y que quieren contraer matrimonio para formar una familia. Si la finalidad del matrimonio no es esta, el mismo puede ser declarado nulo por falta de consentimiento matrimonial, pero no hay que preocuparse en exceso por la audiencia reservada, pues los novios suelen superar la misma sin problemas.

En este despacho de Corporación VENaCUBA cada cliente será no solo asesorado, sino tramitado para que pueda resolver cualquier situación legal, nos puedes escribir a info@venacuba.net o si ya lo tienes claro puedes pasar a contratar nuestros servicios, ya sea total o parcialmente tenemos tarifas para ti, no dudes en contactarnos.